clasificación legal armas categoría 4 4.1 4.2 airsoft
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En España, las réplicas de airsoft que cumplen la Orden INT/2860/2012 quedan sometidas al régimen de la categoría 4.ª. La diferencia entre 4.1 y 4.2 depende principalmente del sistema de disparo, no de que el cañón sea liso o rayado. Las tarjetas A y B las concede el Ayuntamiento. Revisión legal: 10 de julio de 2026.

¿Qué categoría tiene una réplica de airsoft?#

En España, una réplica de airsoft que cumple la Orden INT/2860/2012 queda sometida al régimen de categoría 4.1 o 4.2. Las semiautomáticas, de repetición y automáticas se encuadran en 4.1; las de un solo tiro y las accionadas por muelle o resorte, en 4.2. No depende de que el cañón sea liso o rayado. Revisión legal: 10 de julio de 2026.

Legislación del Airsoft en España y Normas de Seguridad — Plano general editorial hiperrealista

Normas que clasifican el airsoft en España#

La clasificación se obtiene combinando dos normas estatales:

  • El artículo 3 del Reglamento de Armas define las categorías 4.1 y 4.2 para armas accionadas por aire u otro gas comprimido.
  • La Orden INT/2860/2012 define las armas lúdico-deportivas de airsoft y asigna expresamente el régimen 4.1 a los sistemas automáticos y el 4.2 a los accionados por muelle o resorte.

La Orden limita la definición de airsoft a proyectiles de material basado en polímeros biodegradables, con peso no superior a 0,45 g, diámetro máximo de 8 mm y energía en boca no superior a 3,5 J. Los límites de seguridad de un campo suelen ser bastante inferiores y también deben respetarse.

¿Qué diferencia hay entre airsoft 4.1 y 4.2?#

La categoría 4.1 abarca sistemas semiautomáticos, de repetición y, por la Orden INT/2860/2012, automáticos; se documentan con tarjeta A. La 4.2 comprende armas de un solo tiro y las accionadas por muelle o resorte; se documentan con tarjeta B. Ambas tarjetas las concede el Alcalde. El rayado del cañón no decide la categoría. Revisión legal: 10 de julio de 2026.

Comparativa práctica entre 4.1 y 4.2#

Diferencias entre los regímenes 4.1 y 4.2 aplicados al airsoft
Aspecto Categoría 4.1 Categoría 4.2
Sistema Semiautomático, de repetición o automático Un solo tiro o accionado por muelle o resorte
Ejemplos habituales AEG con semiautomático/automático y pistolas de gas semiautomáticas Réplicas spring de un solo tiro y ciertos sistemas manuales
Documento Tarjeta A Tarjeta B
Número y vigencia estatal Hasta seis armas; cinco años Número ilimitado; vigencia permanente
Autoridad que concede Alcalde del municipio de residencia Alcalde del municipio de residencia
Edad indicada en el artículo 105 14 años como mínimo para solicitar la tarjeta A El artículo 105 no fija en ese apartado una edad equivalente; consulta el trámite municipal

La autoridad municipal puede reducir el número de armas o la vigencia de las tarjetas atendiendo a las circunstancias locales y personales. Si un modelo combina varios modos o su clasificación no está clara, no la deduzcas por su aspecto: consulta el expediente municipal y, si procede, pide orientación a la Intervención de Armas.

El cañón liso o rayado no separa 4.1 y 4.2#

El Reglamento menciona ánima lisa o rayada dentro de la categoría 4.2, pero esa característica no convierte por sí sola una réplica en 4.1. Para airsoft importan el modo de funcionamiento descrito en el artículo 3 y la extensión de régimen que hace la Orden INT/2860/2012. Por tanto, inspeccionar el cañón no sirve para decidir qué tarjeta corresponde.

Declaración de venta y tarjeta de armas no son lo mismo#

El artículo 54.3 permite adquirir y tener armas de categoría 4.ª en el domicilio con la declaración de la venta, la clase de arma y los datos del comprador al Alcalde y a la Intervención de Armas. El artículo 105 exige, además, que cada arma esté documentada con tarjeta para llevarla y usarla fuera del domicilio.

En la práctica, el formulario, las tasas y la documentación concreta dependen del Ayuntamiento. Conserva factura o contrato, número identificativo, justificante del trámite y tarjeta. Consulta la guía de registro de una réplica en el Ayuntamiento.

Qué autorizan las tarjetas A y B#

Las tarjetas acompañan al arma y su validez está limitada al término municipal que las expide. No deben interpretarse como una autorización general para exhibir o usar la réplica en cualquier lugar. Para desplazarte a un campo, lleva el material descargado y protegido en funda o maleta, con la documentación disponible y un destino justificable. Revisa también las indicaciones de tu Ayuntamiento, del campo y de las autoridades competentes para desplazamientos fuera del municipio.

Qué ocurre por encima de 3,5 julios#

Una réplica que supera 3,5 J deja de encajar en la definición de arma de airsoft de la Orden INT/2860/2012. Eso no permite afirmar automáticamente una categoría concreta: su régimen debe determinarse por sus características y la normativa aplicable. No uses ni transportes un dispositivo así como si fuera una réplica ordinaria; reduce la potencia y solicita criterio especializado.

Lista de comprobación#

  1. Identifica el sistema de disparo y los modos disponibles.
  2. Comprueba que el proyectil y la energía cumplen la definición de airsoft.
  3. Consulta el procedimiento de tarjeta de armas de categoría 4.ª de tu Ayuntamiento.
  4. Diferencia la declaración de venta de la tarjeta A o B.
  5. Conserva factura, identificación del dispositivo, solicitud, justificante y tarjeta.
  6. Confirma las normas del campo y del municipio de destino antes de desplazarte.

Preguntas frecuentes sobre la categoría 4.ª#

¿Una AEG de airsoft suele ser 4.1?#

Una AEG con disparo semiautomático, de repetición o automático queda normalmente bajo el régimen 4.1. La clasificación debe reflejar el sistema real del modelo y el criterio administrativo aplicado, no una etiqueta comercial.

¿Una réplica de muelle suele ser 4.2?#

La Orden INT/2860/2012 aplica el régimen 4.2 a las armas lúdico-deportivas accionadas por muelle o resorte. Confirma que el dispositivo cumple además la definición y límites de airsoft.

¿La Guardia Civil concede la tarjeta A?#

No. El artículo 105 atribuye la concesión y retirada de las tarjetas A y B a los Alcaldes. La Intervención de Armas recibe uno de los ejemplares del impreso y puede orientar sobre el régimen, pero no sustituye a la autoridad municipal que concede la tarjeta.

¿Puedo tener varias réplicas?#

El régimen estatal permite documentar hasta seis armas 4.1 con tarjeta A y un número ilimitado de armas 4.2 con tarjeta B. El Ayuntamiento puede establecer límites más restrictivos atendiendo a las circunstancias locales y personales.

Resumen: 4.1 y 4.2 se distinguen por el sistema de disparo, no por el cañón. Las tarjetas A y B son municipales. La tarjeta A ampara hasta seis armas durante cinco años; la B puede amparar un número ilimitado y tiene vigencia permanente, salvo límites municipales. Verifica siempre el procedimiento local.

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